TIJUANA, JUNIO 17,2025.-Ante la circulación de comentarios sobre presuntas visitas domiciliarias masivas por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), a partir de junio, la autoridad fiscal negó que se realicen inspecciones generalizadas con el propósito de imponer multas.
Así lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien explicó que si bien el SAT tiene facultades legales para efectuar visitas domiciliarias conforme al Código Fiscal de la Federación (CFF), estas sólo proceden con base en criterios de riesgo fiscal previamente determinados.
“Las visitas domiciliarias no pueden realizarse de forma aleatoria ni con fines recaudatorios inmediatos, sino con base en procedimientos normativos y justificaciones técnicas, que deben estar plenamente documentadas”, señaló.
El experto subrayó que los contribuyentes deben mantenerse atentos y conocer sus derechos en caso de ser objeto de una inspección oficial, para lo cual resulta esencial contar con una orden firmada y con los datos que respalden el acto de autoridad.
Detalló que entre los elementos que debe contener una orden de visita se encuentran los datos del contribuyente, el propósito de la inspección, la fundamentación legal y el respaldo de la autoridad competente, además de la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado.
Dicho documento, dijo, establece que las visitas deben llevarse a cabo en días y horarios hábiles, de lunes a viernes entre las 7:30 y las 18:00 horas, aunque existen excepciones cuando se justifica una ampliación del horario, siempre bajo condiciones de legalidad y respeto.
El abogado fiscalista agregó que durante la diligencia, el contribuyente o su representante legal debe permitir el acceso a las instalaciones, entregar documentos e información contable, y facilitar los medios electrónicos necesarios en caso de registros digitales o bases de datos.
“El artículo 45 del Código Fiscal permite a los visitadores sacar copias de la documentación requerida, siempre que se respete la integridad del procedimiento y los derechos del contribuyente”, apuntó Pickett Corona.
Finalmente, agregó que es fundamental consultar fuentes oficiales, como el portal del SAT, y prepararse para colaborar adecuadamente ante una revisión formal, sin dejarse influenciar por rumores o información falsa.
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