Aprueba IEEBC sede alterna para cómputo Estatal de Elección Judicial

MEXICALI,  JUNIO 11  2025. – El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), aprobó el acuerdo que permitirá a este órgano colegiado celebrar, en una sede alterna, la sesión correspondiente al cómputo estatal de las elecciones de Magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, del Tribunal de Disciplina Judicial, así como de Juezas y Jueces de primera instancia.

En la 35ª sesión extraordinaria, celebrada este miércoles, se informó que el Consejo General deberá realizar una sesión pública, a más tardar el 15 de junio, para dar a conocer los resultados del cómputo estatal, entregar las constancias de mayoría a las candidaturas ganadoras y declarar la validez de cada una de las elecciones.

El Reglamento Interior del IEEBC establece que las sesiones del pleno deben llevarse a cabo en la sala de sesiones del recinto oficial del Instituto. No obstante, dada la naturaleza inédita de esta elección, el Consejo General determinó, con base en la facultad que le otorga el artículo transitorio Décimo Sexto del Decreto No. 36, aplicar medidas extraordinarias que garanticen el cumplimiento oportuno de sus funciones.

En este contexto, se destacó que durante la sesión se entregarán constancias de mayoría a 172 personas que resultaron electas, lo que implica una elevada participación de asistentes, tanto de las candidaturas como de ciudadanía interesada, al tratarse de una sesión pública.

Por tal motivo, y con el objetivo de contar con un espacio adecuado para el desarrollo de esta sesión, se aprobó designar como sede alterna la Casa de la Cultura de Mexicali, al ofrecer mejores condiciones logísticas y de aforo.

Se aclaró que esta habilitación es por única ocasión y que las sesiones posteriores se celebrarán en la sede oficial del Instituto.

En otro punto del orden del día, se presentó el informe sobre el procedimiento de verificación de los supuestos de suspensión de derechos conforme al artículo 38, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 134, fracción III, de la Ley Electoral del Estado de Baja California, dentro del marco del Proceso Electoral Local Extraordinario 2025 (PELE 2025).

El informe, con base en las respuestas de las autoridades jurisdiccionales y administrativas, concluyó que ninguna de las personas candidatas registradas se encuentra en alguno de los supuestos que implicarían la suspensión de derechos político-electorales.

Es decir, ninguna cuenta con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida, la integridad corporal, la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o equiparada, violación a la intimidad sexual, o violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.

Los resultados de la verificación expuestos en el informe atienden a la documentación con la que esta autoridad electoral contó al momento de su elaboración, por lo que, si se presentaran evidencias con posterioridad, el Consejo General deberá determinar lo conducente.