TIJUANA, ABRIL 13, 2025.- El estímulo fiscal que exime del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución se encuentra vigente desde el 1 de enero de 2025 para personas físicas y morales, quienes pueden aprovechar este beneficio, siempre que cumplan ciertos requisitos.
Así lo informó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien señaló que esta medida busca facilitar la regularización de contribuyentes ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
“El estímulo es otorgado a los contribuyentes que tengan a su cargo contribuciones o cuotas compensatorias correspondientes al ejercicio fiscal 2023 o anteriores, siempre que presenten las declaraciones respectivas, manifestando las contribuciones omitidas actualizadas y realicen el pago en una sola exhibición a más tardar el 31 de diciembre de 2025”, explicó.
El experto detalló que también pueden acceder al beneficio quienes se encuentren bajo facultades de comprobación, siempre que subsanen las irregularidades y se autocorrijan dentro del plazo correspondiente.
Asimismo, agregó, incluye a quienes hayan sido autorizados para el pago en parcialidades y mantengan un saldo pendiente al 1 de enero de 2025, siempre que lo liquiden en una sola exhibición.
“Los contribuyentes con créditos fiscales firmes también pueden obtener el estímulo, siempre que estos no hayan sido impugnados o que se desistan de los medios de defensa interpuestos”, precisó.
Pickett Corona mencionó que el estímulo sólo aplica a contribuyentes cuyos ingresos totales no hayan excedido los 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal correspondiente, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
En ese sentido, el abogado fiscalista advirtió que, recientemente, se ha enviado una cordial invitación por correo electrónico a las personas físicas y morales que pueden acceder al beneficio.
“Es importante que los contribuyentes mantengan actualizados sus datos de contacto para recibir este tipo de invitaciones y contar con un canal de comunicación con el fisco”, puntualizó.
Finalmente, el abogado fiscalista recomendó acudir directamente a las oficinas recaudadoras del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y así puedan regularizar su situación ante la autoridad fiscal.

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