TIJUANA, ABRIL 12,2025.-Ante la cercanía del cierre del plazo para presentar la declaración anual para personas físicas, especialistas en materia fiscal advirtieron que el incumplimiento puede generar consecuencias como multas o la cancelación de sellos digitales.
Al respecto, la consultora Karen Lizárraga Villaseñor, de RBL Corporativo, recordó que todas las personas físicas, con ingresos durante el año pasado, deben revisar si están obligadas a declarar antes del 30 de abril.
Explicó que esta obligación aplica a quienes hayan recibido ingresos por salarios superiores a 400 mil pesos anuales, así como a quienes percibieron ingresos por arrendamiento, enajenación de bienes inmuebles, intereses, utilidades o dividendos, y así también, incluye a socios o accionistas de sociedades que hayan obtenido alguna ganancia.
“En general, la obligación es para todos, para toda aquella persona que haya obtenido algún ingreso de alguna naturaleza, con independencia de qué rubro o actividad económica se trata”, señaló.
La consultora aclaró que muchas personas físicas pueden no estar conscientes de su situación fiscal, ya que comúnmente se asocia la declaración únicamente con quienes facturan o tienen un negocio, sin embargo, también hay empleados cuyo patrón debe presentar la declaración, siempre que no hayan rebasado el umbral de ingresos.
“Si la persona física asalariada desea realizarla por su cuenta, puede avisarle al patrón, pues quizá quiere hacer uso de sus deducciones personales y obtener una devolución de ISR”, añadió.
Por otro lado, Lizárraga Villaseñor, advirtió que el no presentar la declaración anual puede tener consecuencias negativas, ya que siempre hay actos de molestia por parte de la autoridad y es muy posible que los incumplidos obtengan alguna multa o infracciones como una cancelación de sellos digitales.
De ahí que recomendó que los contribuyentes verifiquen su situación fiscal y presenten la declaración dentro del plazo establecido, de manera que puedan, incluso, obtener una devolución de saldo a favor, también, en tiempo y forma.
En tanto, refirió que, aunque el portal del SAT ha mejorado su interfaz y ya incluye información precargada, recomendó acudir con un especialista para una correcta aplicación de las deducciones personales.
“Las deducciones personales no son 100% deducibles; tienen ciertos topes, entonces nosotros como contadores les damos la debida clasificación para que el sistema las tome correctamente, por lo que lo importante es siempre ir con un especialista”, finalizó la consultora de RBL Corporativo.
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