MEXICALI, MARZO 16, 2026.- En sesión ordinaria del Pleno del Congreso de Baja California, la Comisión de Salud presentó el dictamen número 6 respecto a una iniciativa de reforma a la Ley de Salud Pública para el Estado de Baja California, propuesta por la diputada Michel Sánchez Allende, mediante la cual se establece la creación de un registro estadístico de atenciones y defunciones relacionadas con el golpe de calor.
La modificación legal permitirá contar con información precisa sobre las atenciones médicas y fallecimientos por esta afección, además de fortalecer las acciones de prevención y proteger la salud de la población ante las altas temperaturas que se registran cada año en el estado.
“Es indispensable contar con datos confiables que nos permitan diseñar mejores estrategias de prevención y atención. Las altas temperaturas representan un riesgo real para muchas familias, especialmente para niñas, niños, personas mayores y quienes trabajan al aire libre”, señaló la inicialista.
En ese contexto, la reforma establece que el programa para la prevención, atención y recuperación del golpe de calor deberá crear un registro estadístico oficial que permita documentar las atenciones médicas y las defunciones relacionadas con este padecimiento.
Asimismo, el Servicio Médico Forense deberá proporcionar información sobre las causas de muerte, con el fin de integrar datos oficiales que permitan dimensionar con mayor claridad la magnitud del problema.
De igual manera, la modificación legal adiciona atribuciones a la Secretaría de Salud estatal y a los ayuntamientos para desarrollar campañas de prevención orientadas a informar a la población sobre los riesgos asociados a las altas temperaturas, así como las medidas preventivas.
La Comisión de Salud dictaminó que la propuesta es jurídicamente procedente al sustentarse en el derecho humano a la protección de la salud, reconocido en la Constitución federal y en los tratados internacionales.
De acuerdo con el documento aprobado, la reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California. Además, el Poder Ejecutivo del Estado y los municipios contarán con un plazo de 90 días naturales para realizar las adecuaciones normativas y reglamentarias necesarias para su implementación.
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