MEXICALI, DICIEMBRE 5,2025.- El Dictamen No. 10 de la Comisión de Bienestar, Derechos de la Niñez, Juventudes, Personas con Discapacidad y Adultas Mayores relativo a la iniciativa de la Diputada Gloria Miramontes fue aprobado por el Pleno, por dieciséis votos a favor, cero en contra y cero abstenciones.
Se refiere a una adición a un artículo a la Ley de los Derechos, Protección e Integración de las Personas Adultas Mayores de Baja California, con el objeto de establecer que la Secretaría de Cultura del Estado atienda y promueva las actividades culturales de las personas mayores de sesenta años.
En su exposición de motivos, la legisladora de Morena mencionó que involucrar a este sector de la población en actividades culturales, es de gran importancia por varias razones, ya que contribuye significativamente a su bienestar físico, emocional y cognitivo.
Añadió que les proporciona una salida emocional, así como una ayuda para mantener una actitud positiva ante la vida, debido a que la interacción social y la participación en eventos culturales, pueden reducir la sensación de soledad o depresión, promoviendo la salud mental.
La lectura, la música, el teatro o la pintura, pueden estimular la mente y ayudar a mantener habilidades cognitivas. Estos estímulos son cruciales para prevenir o ralentizar el deterioro cognitivo asociado con la edad.
Por tales motivos se aprobó el presente Dictamen para que el artículo 44 TER de la ley motivo de la reforma, quede como sigue:
Corresponde a la Secretaría de Cultura:
I.- Estimular a las personas adultas mayores a la creación y goce de la cultura, facilitando su acceso a través de talleres, exposiciones, concursos y eventos comunitarios, municipales, estatales, nacionales e internacionales;
II.- Diseñar, promover y establecer en coordinación con el INAPAM y el DIF estatal y municipal, la política estatal en materia cultural, enfocada a este sector de la población;
III.- Implementar y promover ante las instancias correspondientes, que en los eventos culturales y artísticos organizados por autoridades estatales, municipales o de iniciativa privada, se propicie la accesibilidad, la gratuidad o descuentos especiales de las personas adultas mayores;
IV.- Impulsar el derecho de hacer uso de las bibliotecas públicas que facilitaran el préstamo a domicilio del material de las mismas.
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